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cuota autónomo 2019

¿Cómo va a afectarme a mí y a mi empresa la nueva cuota de autónomos 2019?

Tal y como sucede todos los años, el mes de diciembre supone un mes de importantes cambios legislativos que, por supuesto, afectan al ámbito laboral de manera directa.

Por ese motivo, desde  el Departamento Laboral de Fiscália, entendemos que es importante, en el mes de enero, revisar y actualizar la situación normativa laboral, a fin de valorar la repercusión que en nuestro día a día tienen todos esos cambios.

En esta ocasión, vamos a centrarnos en el análisis de los cambios que afectan a la base fundamental de nuestro tejido empresarial, los trabajadores autónomos, resumiendo las modificaciones que a partir de este 1 de enero han entrado en vigor.

 

La cotización en la nueva cuota de autónomos 2019

La base mínima de cotización de los trabajadores autónomos ha subido este 2019 un 1,25%, hasta los 944,40 euros al mes, con un tipo de cotización del 30%, con lo que los autónomos personas físicas van a pasar a  pagar 5,36 euros más al mes (64 euros más al año) de lo que venían pagando, aunque a cambio se va a recibir una mayor protección social.

Así, en 2019 los autónomos personas físicas van a pagar 283,3 euros mensuales de cuota mínima, esto es, si cotizan por la base mínima.  Para el caso de autónomos societarios, la base mínima queda establecida en 1.214,08 euros mensuales. Es decir, pasan a pagar 364,22 euros al mes,  6,89 euros mensuales más que en 2018 (82 euros más al año).

Esta subida de cotización supone una serie de mejoras en la protección de los autónomos:

Mejora el acceso a la prestación por cese de actividad (paro de los autónomos), flexibilizando los requisitos actuales y ampliando la duración de la prestación (de 12 pasa a 24 meses).

Derecho a cobrar la prestación por accidente de trabajo o enfermedad profesional desde el primer día de baja.

–  Acceso a la formación continua y al reciclaje profesional.

–  A partir del segundo mes de baja por incapacidad temporal no se paga cuota de Seguridad Social  hasta el momento del alta.

–  Y las mujeres autónomas, dentro de los 24 meses posteriores a la prestación de baja por maternidad, disfrutarán de una tarifa plana de 60 euros al mes durante 12 meses sin necesidad de cesar previamente en su actividad.

En cuanto a la tarifa plana de 50 euros al mes, se fija, para nuevas altas en 2019, en 60 euros al mes, manteniéndose tras los 12 primeros meses las bonificaciones posteriores actuales de la tarifa plana. Se excluye la protección por cese de actividad y la formación.

Las obligaciones formales de la nueva cuota de autónomos 2019

Por otra parte, se ha establecido la obligación de que todos los autónomos opten por una Mutua Colaboradora para la gestión del pago de prestaciones en las situaciones de incapacidad temporal, desapareciendo el INSS como organismo responsable para este colectivo, de manera definitiva.

Esta opción debe realizarse antes del 31.03.2019 con efectos 01.06.2019.

Así, en caso de baja por enfermedad, sea de carácter común o  profesional, serán siempre las Mutuas las encargadas de gestionar el pago de la prestación.

Esta obligación afecta a aquellos autónomos que se dieron de alta antes de 1.998 dado que en aquel momento era el INSS el encargado de asumir la gestión y pago de las prestaciones.

Con ello, si es su caso, para proceder a efectuar la opción, debe dirigirse por vía telemática a la Sede Electrónica de la Seguridad Social, para lo que necesita identificarse digitalmente: con su DNI electrónico, con un Certificado digital de persona física, con el Sistema cl@ve o bien a través de un Autorizado RED.

En Fiscàlia (Autorizado RED con amplia experiencia en ámbito laboral) somos plenamente conscientes de que justamente los autónomos son un colectivo que necesita dedicarse al 100 % a su actividad y somos conocedores de que este tipo de gestiones suponen gastar tiempo de trabajo o bien desgaste personal, porque siempre se acaban realizando en el poco tiempo libre que se tiene….

Por ello, aprovechamos la ocasión para quedar a su disposición, no sólo respecto a éste trámite, sino para informar, gestionar y solucionar cualquier otro que pueda surgir en su desarrollo profesional diario. En cualquier caso, puedes contactarnos.

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